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Una vez puesto en nuestro conocimiento la carga a cancelar, se procederá a la gestión oportuna, consistente en: - Cancelación administrativa del importe pendiente, que notificaremos junto con la provisión de fondos, si procede. - Obtención del certificado correspondiente acreditativo de la cancelación administrativa de la carga. - Obtención de la información registral donde conste la inscripción de la carga. - Entrega de documentación a la Notaría para que procedan a la expedición del documento público de cancelación. - Contacto con la entidad acreedora de la carga para que firmen la correspondiente carta de pago. - Una vez obtenida la escritura pública de carta de pago y cancelación, se procederá a tramitarla como se ha detallado en los apartados anteriores, referidos a cualquier documento público. |

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Cancelación de Cargas |
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Servicio de verificaciones registrales para el control del riesgo antes de la formalización. |

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Información de contacto: |
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Hipotecas Santa Ana S.L. Pso San Juan, 153 prl 2ª - 08037 BARCELONA |

